ORACIÓN
A SAN JUAN PABLO II
¡Oh San
Juan Pablo, desde la ventana del Cielo dónanos tu bendición!Bendice a la Iglesia, que tú has amado, servido, y guiado, animándola a caminar con coraje por los senderos del mundo para llevar a Jesús a todos y a todos a Jesús.
Bendice a los jóvenes, que han sido tu gran pasión. Concédeles volver a soñar, volver a mirar hacia lo alto para encontrar la luz, que ilumina los caminos de la vida en la tierra.
Bendice las familias, ¡bendice cada familia!
Tú advertiste el asalto de Satanás contra esta preciosa e indispensable chispita de Cielo, que Dios encendió sobre la tierra. San Juan Pablo, con tu oración protege las familias y cada vida que brota en la familia.
Ruega por el mundo entero, todavía marcado por tensiones, guerras e injusticias. Tú te opusiste a la guerra invocando el diálogo y sembrando el amor: ruega por nosotros, para que seamos incansables sembradores de paz.
Oh San Juan Pablo, desde la ventana del Cielo, donde te vemos junto a María, haz descender sobre todos nosotros la bendición de Dios. Amén.
Cardenal Angelo Comastri
Vicario General de Su Santidad para la Ciudad del Vaticano
del libro Cruzando el Umbral de la Esperanza.
Vicariato de Roma
Plazza San Giovanni Laterano 6/A
00184 Roma
Italia
Y LA DISCIPLINA DE LOS SACRAMENTOS
Prot. N. 309/14
DECRETO
Pastor eterno, resucitado de entre los muertos y ascendido al cielo, el Señor Jesús no
abandona su rebaño sino que lo custodia y lo conduce a través de los tiempos bajo la guía
constante de quienes Él mismo ha constituido como sus vicarios. Entre estos, por estar
configurados al Pastor de los pastores y por un auténtico amor a las ovejas de su rebaño,
resplandecen los Santos Papas Juan XXIII y Juan Pablo II.
Ellos no desdeñaron la cruz de Cristo y las heridas de los hermanos y, embellecidos de
«parrhesia» por el Espíritu Santo, ofrecieron admirablemente a la Iglesia y al mundo una
imagen viva de la benevolencia y de la misericordia de Dios, que no aborrece ninguna de las
cosas llamadas a existir y es indulgente con ellas, porque son suyas (cf. Sab 11, 24-26). Así,
esa esperanza viva y ese gozo inefable (cf. 1 Pe, 3.8), que estos dos sucesores de Pedro han
recibido como don del Señor resucitado, los han dado en abundancia al pueblo de Dios
recibiendo a cambio un agradecimiento eterno. Por eso la Iglesia hoy los venera con gran
fervor, resplandecientes por el ejemplo de vida, por la excelencia de la doctrina y por esa
«ciencia de amor» que brota de la iluminación del Espíritu a través de la experiencia de los
misterios de Dios, y, después de haber gozado del fructuoso apoyo de su solicitud pastoral,
ahora se alegra de tenerlos como sus intercesores espirituales.
Considerada la singularidad de estos Sumos Pontífices al ofrecer al clero y a los fieles un
especial modelo de virtud y al promover la vida en Cristo, teniendo en cuenta las
innumerables peticiones de todas las partes del mundo, el Santo Padre Francisco, haciendo
suyos los deseos unánimes del pueblo de Dios, ha dispuesto que las celebraciones de san
Juan XXIII, Papa, y san Juan Pablo II, Papa, sean inscritas en el Calendario Romano general,
la primera el 11, la segunda el 22 de octubre, con el grado de memoria libre.
Dichas memorias serán inscritas, por lo tanto, en todas las Ordenaciones para la celebración
de la Misa y de la Liturgia de las Horas y en las relativas indicaciones escritas en los libros
11/10/2014 Decreto de inscripción en el Calendario romano general de san Juan XXIII y san Juan Pablo II (29 de mayo de 2014)
http://www.vatican.va/roman_curia/congregations/ccdds/documents/rc_con_ccdds_doc_20140529_decreto-calendario-generale-gxxiii-gpii_sp.html 2/2
litúrgicos publicados, de ahora en adelante, por las Conferencias de Obispos.
En cuanto a los textos litúrgicos en honor de san Juan Pablo II, Papa, úsense los ya
aprobados y publicados en el anexo al Decreto de esta Congregación para el Culto Divino y
la Disciplina de los Sacramentos del 2 de abril de 2011 (Prot. N. 118/11/L); por lo que
respecta a los textos en honor de san Juan XXIII, Papa, adóptense los textos correspondientes
publicados con este Decreto, declarados definitivos y aprobados para su impresión.
No obstante cualquier disposición contraria.
En la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, a 29 de mayo
de 2014, Solemnidad de la Ascensión del Señor.
(Antonio Card. Cañizares Llovera)
Prefecto
(+ Arthur Roche)
Arzobispo Secretario