El decretum laudis es el reconocimiento oficial que la Santa Sede otorga a los institutos de vida consagrada y a las sociedades de vida apostólica, considerándolas obras e instituciones de derecho pontificio, sometiéndolas directamente a la jurisdicción de la Santa Sede.
El 24 de enero de 1944, 24 de enero, fue aprobada por Decreto Laudis la erección de la Obra Pequeña de la Divina Providencia en Congregación de derecho pontificio y aprobación de las Constituciones de los Hijos de la Divina Providencia "ad septemnium per modum experimenti" (Decretum laudis) por la entonces Sagrada Congregación de Religiosos. [Cf. PODP, marzo de 1944, 1-2].
Y 13 años después , el 19 de enero de 1957, El Instituto de las Pequeñas Hermanas Misioneras de la Caridad, junto con el texto de las Constituciones, es aprobado con Decretum laudis por la entonces Sagrada Congregación de Religiosos. [Cf. Actas del Consejo General de la Pequeña Obra de la Divina Providencia, enero-marzo de 1957, págs. 66–67; PODP, abril-mayo de 1957, 59]